miércoles, 30 de abril de 2008





La Plataforma para el Uso Libre de la Banda Ciudadana nace como fruto de la sensibilización de sus componentes ante el retroceso inexorable del número de aficionados practicantes de CB en España.
Los integrantes de la Plataforma consideran que este retroceso viene dado por:

  • Una normativa reguladora en vigor obsoleta que impide el fácil acceso a una franja del espectro radioeléctrico dedicada a las comunicaciones por radio entre los ciudadanos.
  • La falta de atractivo y competitividad de una CB que no se ha adaptado a la oferta tecnológica actual, a la que se accede cada vez de una forma más universal, fácil y barata.

Como consecuencia de ello:

  • Se está menospreciando el valor social que va unido a este medio de comunicación.
  • Se subestiman los lazos humanos y de amistad que acarrea el uso extendido de la CB.
  • Se niega el poder de la Banda Ciudadana en aquellos casos en los que ésta interviene como instrumento de solidaridad y herramienta de apoyo a la sociedad, cuando actúa en estrecha colaboración con los poderes públicos y otros servicios civiles de protección y seguridad.

Por lo que desde esta Plataforma para el Uso Libre de la Banda Ciudadana se insta a la elaboración de un reglamento por parte de la Administración competente basado en las siguientes propuestas:

  • La supresión de la autorización administrativa para operar una estación de CB y la correspondiente desaparición de la tasa de tramitación de autorización de uso especial del dominio público radioeléctrico.
  • El reconocimiento del uso de la CB como un derecho de todo ciudadano a las comunicaciones personales por radio.
  • Reconocer el derecho a la instalación adecuada de los elementos radiantes de las estaciones de CB, dado que los mismos son parte inseparable e indispensable para el correcto funcionamiento de las mismas.
  • La introducción de las modificaciones necesarias en el Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias (CNAF) para extender el uso de la CB a 120 canales comprendidos éstos entre 26.510 KHz y 27.860 KHz.
  • No se podrá mantener comunicación ordinaria en la frecuencia de 27.065 KHz (canal 9) y se establecerá la misma para realizar llamada y permanecer a la escucha, asegurando así tambien su utilidad como canal destinado al tráfico de comunicaciones de socorro y urgencia.
  • Que se garantice el uso en el tiempo de la Banda Ciudadana dentro del espectro radioeléctrico atribuído a la misma.
  • Fijar en 4 vatios la potencia máxima de emisión en los modos AM y FM y en 12 vatios p.c.e. en los modos SSB para las estaciones fijas. En estaciones móviles la potencia máxima de emisión podrá ser de 25 vatios para los modos AM y FM y 50 vatios p.c.e. en los modos SSB.
  • Que el resto de características técnicas de los aparatos necesarios para la puesta en marcha de una estación de Banda Ciudadana cumplan y se sometan a las homologaciones exigidas por la Ley, pudiéndose crear un servicio de inspección técnica para adecuar a la norma y autorizar el uso de aparatos puestos en el mercado con anterioridad a la entrada en vigor del reglamento.
  • Permitir la transmisión de voz y datos en Banda Ciudadana por medio de sistemas digitales y autorizar la conexión de las estaciones de CB a otras instalaciones de telecomunicaciones, redes telemáticas o internet, pudiéndose crear una tabla de asignación de canales para este tipo de emisiones.
  • En las zonas donde, por razones de orografía o condiciones especiales del entorno, las comunicaciones por radio en CB se vean restringidas, las asociaciones de usuarios de la Banda Ciudadana podrán solicitar autorización especial para la instalación de estaciones repetidoras colectivas.
  • Los usuarios de CB vendrán obligados a colaborar con sus medios radioeléctricos a requerimiento de la autoridad competente, pudiéndose crear un registro voluntario de usuarios de la Banda Ciudadana a tal efecto con objeto de facilitar el contacto y la coordinación de medios técnicos y humanos.
  • Los colectivos de usuarios de la Banda Ciudadana (asociaciones, clubes y federaciones) legalmente constituídos y reconocidos por la Administración como tal velarán por los intereses de aquellos y serán los legítimos representantes e interlocutores ante los poderes públicos y privados.



Si tú o tu colectivo estáis interesados en formar parte de esta Plataforma para defender el Uso Libre de la CB en España, por favor, contacta con nosotros ahora.

plataformacblibre@cbradio.es

Si deseas formar parte de la Plataforma indícanos tu nombre y apellidos y DNI. Dinos también tu indicativo, si lo tienes (no importa el tipo EA, EB, EC o ECB).
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Publicado por CBeQSO27Mhz @ 20:00
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